Aquellas personas que deseen ingresar armas de fuego y municiones a la República Argentina deben solicitar la “Autorización Temporaria/Definitiva para introducción de armas y municiones”. Para dicha autorización, se deberá tramitar el correspondiente formulario de manera presencial con turno previo en sede consular, el cual y deberá ser presentado por el titular a la autoridad de control en el lugar de arribo a la República Argentina, para completar el trámite.
El arancel a percibir por la intervención consular es de 80,00 USD, a pagar en equivalente en pesos chilenos al tipo de cambio consular del día, con tarjeta de débito/crédito.
Para solicitar turno, deberá escribir un correo a csigo@mrecic.gov.ar, adjuntando:
- Formulario precargado de Autorización para introducción de armas y municiones Temporaria o Definitiva (según corresponda): TEMPORARIA – DEFINITIVA
- Escaneo del original de la Resolución Exenta emitida por el Ministerio de Defensa de Chile autorizando al exportación de las armas y municiones
- Escaneo del documento de identidad del titular
- Escaneo de documentación adicional: cartas de invitación a participar de actividades deportivas, permisos de caza, etc, según corresponda
Verificada la documentación enviada, se procederá a la asignación de turno.
Consultas: csigo@mrecic.gov.ar