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INGRESO DE ARMAS Y MUNICIONES DE FORMA TEMPORARIA/DEFINITIVA

Aquellas personas que deseen ingresar armas de fuego y municiones a la República Argentina deben solicitar la “Autorización Temporaria/Definitiva para introducción de armas y municiones”. Para dicha autorización, se deberá tramitar el correspondiente formulario de manera presencial con turno previo en sede consular, el cual y deberá ser presentado por el titular a la autoridad de control en el lugar de arribo a la República Argentina, para completar el trámite.

El arancel a percibir por la intervención consular es de 80,00 USD, a pagar en equivalente en pesos chilenos al tipo de cambio consular del día, con tarjeta de débito/crédito.

Para solicitar turno, deberá escribir un correo a csigo@mrecic.gov.ar, adjuntando:

  • Formulario precargado de Autorización para introducción de armas y municiones Temporaria o Definitiva (según corresponda): TEMPORARIADEFINITIVA
  • Escaneo del original de la Resolución Exenta emitida por el Ministerio de Defensa de Chile autorizando al exportación de las armas y municiones
  • Escaneo del documento de identidad del titular
  • Escaneo de documentación adicional: cartas de invitación a participar de actividades deportivas, permisos de caza, etc, según corresponda

Verificada la documentación enviada, se procederá a la asignación de turno.

Consultas: csigo@mrecic.gov.ar

 

 

Fecha de actualización: 07/03/2024