Consulado General en Santiago

Apostillas - Trámite a distancia (TAD)

Fecha de actualización: 03/02/2023

Se informa la implementación de la  Apostilla/Legalización digitales para documentos en soporte electrónico o papel, firmados en forma digital u ológrafa/manuscrita, vía WEB mediante TAD (Trámite a distancia): https://www.cancilleria.gob.ar/es/servicios/servicios/apostilla-legaliza...

El recurrente que solicite un trámite vía TAD (iniciando la solicitud a través de la web http://tramitesadistancia.gob.ar - se recomineda revisar el Manual del Usuario), una vez gestionado el mismo por la administración, lo recibirá concluido para su utilización por esa misma vía (ingresando a TAD).

Asimismo, se podrá verificar la validez de las Apostillas y legalizaciones de validez internacional, emitidas en la Argentina (bajo cualquiera de las modalidades habilitadas a tales efectos), ingresando a la web: www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional.

 

¿QUÉ TIPO DE DOCUMENTO PUEDO SOLICITAR PARA SU APOSTILLA O LEGALIZACIÓN?

  • Documentos públicos emitidos por autoridad u organismos argentinos en soporte electrónico o papel, que se adjunten en formato PDF o JPEG, firmados en forma digital u ológrafa/manuscrita.
  • Documentos emitidos por Representaciones Extranjeras (consulados) acreditadas en Argentina, que contengan firma ológrafa/manuscrita o digital.
  • Documentos emitidos por la Red Consular Argentina (certificado de supervivencia, certificado de residencia, testimonios, entre otros).

¿Quién puede iniciar el trámite?

Todos aquellos mayores de 18 años y que cuenten con CUIT y Clave Fiscal Nivel 2 (o superior), con cuenta bancaria en el país.  https://www.afip.gob.ar/claveFiscal/informacion-basica/solicitud.asp
No necesitás ser titular del documento para tramitar una apostilla o legalización.
El trámite no es personal ni presencial.
No se requiere la asistencia de gestores, siendo este trámite ágil y sencillo.

¿CÓMO SE REALIZA EL PAGO?

Una vez iniciado el trámite por TAD, la forma de pago dependerá de la manera en que está configurada la opción pagos en tu AFIP-VEP. Una vez elegido, deberás ir a la forma de pago seleccionada, “pago mis cuentas” o “homebanking”, y desde allí buscar el VEP y pagarlo.
El VEP no se descarga ni se imprime, directamente se genera en la opción de pagos de configuración de AFIP.
Una vez pago, deberás aguardar al menos 72 hs. Aunque diga pendiente de pago, no vuelvas a abonarlo, porque lo que quiere decir es que está pendiente de acreditación.
Una vez pago el VEP, puede desaparecer el trámite en tu TAD, lo que significa que está en proceso de acreditación y de generación de un Expediente.

¿ EN CÚANTO TIEMPO RECIBO MI APOSTILLA/LEGALIZACIÓN?

Los trámites iniciados vía TAD no tienen un plazo específico de resolución, ya que están sujetos al funcionamiento del sistema informático.
El trámite se iniciará para su tramitación solo cuando el TAD otorgue el número de expediente.
Cuando el documento tenga firma ológrafa o manual, es OBLIGATORIO incorporar el formulario de aprobación gestionado previamente en tadlegalizaciones@mrecic.gov.ar. No adjunte otro documento en ese ítem porque ello implicará que no se procesará la solicitud gestionada por TAD.

Importante: La aceptación de la solicitud de trámite remitido vía TAD queda sujeta a la verificación de la Coordinación de Legalizaciones de la Cancillería Argentina y ,en caso de rechazo, no habilitará reintegro de la tasa abonada.

 

A la fecha, se encuentran habilitados tres canales para tramitar Apostillas y legalizaciones de validez internacional:

a) Ante la Cancillería, de manera directa, sin necesidad de gestores/as y por internet, a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) en el enlace indicado más arriba.

b) Ante la Cancillería, con la intermediación de las oficinas consulares argentinas. Puede contactar al Consulado para recibir asesoramiento y asistencia en la gestión de la apostilla, al correo apostillas_santiago@mrecic.gov.ar

c) Ante los Colegios de Escribanos y Notariales que conforman el Consejo Federal del Notariado Argentino, en las modalidades que cada Colegio tenga habilitadas. Verifique listados en este link: http://www.cfna.org.ar/colegios/. Recuerde que las Apostillas y legalizaciones con validez internacional tramitadas en los Colegios de Escribanos, no requieren la intervención previa del Ministerio de lnterior.

 

Por lo tanto, los canales habilitados para gestiones de Apostillas y legalizaciones con validez internacional son los mencionados en el apartado anterior y en el sitio oficial de la Cancillería Argentina, y que cualquier otra metodología de gestión o tramitación por medio de terceros puede no ser confiable. Por tal motivo, se recuerda la necesidad de verificar toda Apostilla o legalización de validez internacional en el sitio www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional. 

 

Más información, así como manuales y guías en la web: https://www.cancilleria.gob.ar/es/servicios/servicios/apostilla-legaliza...

 

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular